Por: Mario Araya-Pérez
La situación actual que vivimos, tanto en Costa Rica como a nivel mundial, nos ha tomado por sorpresa. La afectación que han provocado la expansión del virus y las medidas adoptadas para contenerlo ya se hace sentir en el ámbito económico y social. En ese sentido, resulta una verdad de Perogrullo señalar que la vida en colectivo se verá modificada, que no será como antes; esto como si otros eventos significativos, ya cotidianos, ya históricos, no representaran una transformación de la manera en que los organismos se constituyen y hacen frente a su existencia.
En esta breve reflexión, cabe preguntarse qué implicaciones tendrán para los sectores más «relegados» del colectivo, de eso que llamamos sociedad costarricense, todas estas supuestas transformaciones tan inéditas que nos esperan. Para referirnos solo a un caso en particular, hablemos de todos aquellos cedidos al brazo represor del Estado, es decir, las personas privadas de libertad y los sectores «menos favorecidos» que generalmente los integran, a quienes, junto a otros muchos procesos de conformación de grupos, como lo son «las personas jóvenes», se les ha clamado por comprensión y solidaridad, como si alguna vez se hubiera procedido de forma comprensiva y solidaria con ellos.
Ya ha sido ampliamente señalado por ciertos sectores abolicionistas, especialmente por la doctora Angela Davis, que los sistemas penitenciarios son para las sociedades actuales elementos constitutivos en sus condiciones de posibilidad y, lastimosamente, para las personas que participamos de estas formas de organización, es casi imposible no contemplarlas. Su lógica esclavista inherente y el industrial penitenciario –entendido no desde la idea de la explotación de la mano de obra en su seno, sino como la economía que la circunda– parecen reforzarse a cada paso y en cada crisis que la humanidad enfrenta; lo ha sido, por ejemplo, con las migraciones[i] y la aplicación de modelos privativos de libertad como estrategia de confrontación[ii], [iii], [iv]. Lo anterior, a partir del caso estadounidense, se ha visto recrudecido al punto de privar de libertad a menores de edad en jaulas, lejos de sus padres[v], [vi].
El éxito de las prisiones y su pretensión panóptica –no su realización efectiva–, ya lo señalaba Foucault, radica en la construcción de la delincuencia y la creación y distribución de los ilegalismos[vii], [viii]; lo cual, junto con la idea de Estado, como apunta Mitchell,[ix] sus límites difusos y su conformación en la participación de sectores sociales, económicos y políticos, permite posicionar una y otra vez la inseguridad social –entendida como la percepción de poder ser víctima de un delito– como preocupación central y piedra angular en la toma de decisiones.
Evidencia de esto es la conferencia de prensa presentada en el Facebook Live del Ministerio de Justicia y Paz de Costa Rica, el día 22 de abril del 2020,[x] a raíz de la crisis sanitaria, en la cual se reporta la decisión tomada por los jueces de ejecución de la pena de iniciar procesos de valoración extraordinaria, por parte del Instituto Nacional de Criminología (INC), a la población con factores de riesgo dentro del sistema penitenciario, esto para procesos de desinstitucionalización hacia los centros semiinstitucionales dentro de los Centros de Atención Institucional (CAI). Sobresale en este evento la presencia no solo de la ministra de Justicia, la señora Fiorella Salazar, sino también del ministro de Seguridad Pública, el señor Maikol Soto. Este último presente en calidad de encargado de la seguridad del país, quien se limitó básicamente a señalar su preocupación por la medida ordenada por los jueces.
Sobre esta comunicación, surgen algunos elementos interesantes por señalar, los cuales dan cuenta del proceso de constitución de los establecimientos penales en Costa Rica. De la señora ministra, por un lado, el señalamiento de que, frente a la solicitud de los jueces, de valorar las penas cortas para medidas de desinstitucionalización, el INC hizo una homologación para considerar como penas cortas solo aquellas a las que les falten tres meses para su liquidación. Por otro lado, el orgullo con el que se señala la ausencia, en este momento, de casos positivos de COVID-19 en la población privada de libertad. Del señor ministro, llama la atención la insistencia en señalar la posibilidad de que «delincuentes consuetudinarios» o «del crimen organizado» se aprovechen de la situación para salir en libertad.
Ahora bien, mencionadas las afirmaciones de ambos ministros, es necesario agregar que nos encontramos en medio de una crisis sanitaria mundial y que contamos con un sistema de salud robusto en el país, pero que, a todas luces, es incapaz de sobrellevar un aumento significativo de personas infectadas. Asimismo, es preciso considerar la realidad actual de los establecimientos penales, los cuales se convirtieron en espacios densamente poblados, hacinamientos, con una composición sociodemográfica en la que priman personas provenientes de contextos en los que se reproducen formas de desigualdad extremas, de ingresos económicos, de salud, de educación, de alimentación y ambientales, las cuales solo se agravan en privación de libertad.
Anteriormente, se ha señalado que en Costa Rica los establecimientos penales son producto de dos procesos primordiales: la improvisación y la emergencia. El contexto actual no es la excepción, el devenir histórico de los establecimientos ha demostrado la imposibilidad de que una política criminal impacte positivamente desarrollos de infraestructura y modelos de atención compatibles con la reproducción de condiciones de vida, tan siquiera dignas, en este tipo de establecimientos.
Con todo lo anterior, se quiere puntualizar que, frente a la decisión de los jueces, donde prima un criterio de salud pública, de supervivencia de la población y de atención a lo más vulnerables, se imponen lecturas punitivistas. Si ya de todas formas las valoraciones habituales del INC son profundamente rigurosas, hasta excluyentes, si se quiere, ya que para las personas privadas de libertad son prácticamente imposible satisfacer , a saber, redes externas de apoyo, seguridad domiciliar y una oferta laboral, lo cual deja a un gran contingente de población lejos de cualquier posibilidad de optar por este “beneficio”, en el contexto actual esto parece representar casi una burla, no solo para las personas privadas de libertad, sino también para los jueces que están señalando la vulnerabilidad de las personas.
Así las cosas, frente a la posibilidad que ofrecen los jueces de valorar a aquellas personas con penas cortas, el INC responde considerando el tiempo restante para la reducción de la pena, en un estimado ficticio de que la crisis sanitaria va a sobrellevarse en tres meses. Se trata del mismo tiempo que pretenden albergar en el semiinstitucional a las personas que reciban este «beneficio», advierten que será una medida temporal y no permanente, aun cuando un centro semiinstitucional realmente es la antesala para la integración efectiva de la persona infractora en la comunidad.
Aunado a lo anterior, el INC niega la posibilidad de desahogar el sistema al darle una posibilidad a las personas que podrían eventualmente estar en libertad, pero que no presentan factores de riesgo, lo cual cierra cualquier oportunidad de que quienes queden en los centros puedan estar en espacios menos hacinados, de manera que se pueda enfrentar mejor la crisis.
La afirmación de la ministra de que no hay población penitenciaria infectada con COVID-19 podría resultar polémica, si se toma en cuenta que hace apenas unos pocos meses algunos centros penitenciarios enfrentaron una crisis sanitaria ante un importante brote de parotiditis, comúnmente conocida como paperas, una enfermedad de origen vírico, la cual se transmite de manera similar al SARS-CoV-2. Al menos, 518 personas privadas de libertad y 162 personas funcionarias[xi] resultaron infectadas, lo cual representa casi un 4 por ciento de la población privada de libertad.
El panorama es más grave si se considera que la parotiditis es una enfermedad conocida, la cual se previene a partir de un esquema de vacunas obligatorio durante la niñez. Para el caso del brote en el 2019, una de las medidas del ministerio fue vacunar a la población penitenciaria y a los funcionarios,[xii] es decir, existía un escudo bioquímico que permitió controlar la propagación. Lo anterior tuvo implicaciones serías en la convivencia y motivó amotinamientos importantes en algunas cárceles del país.[xiii], [xiv]
Ciertamente, las «preocupaciones» del señor ministro parecen responder a una estrategia populista, similares a las utilizadas contra la exministra Cecilia Sánchez, en su intento por mejorar las condiciones de los establecimientos penales. De hecho, contradicen las evidencias estadísticas presentadas por la actual ministra, quien señala que, en el 87 por ciento de los casos, las medidas de traslado a centros semiinstitucionales son efectivas, frente a un 9 por ciento de revocatoria por incumplimientos y solo un 4 por ciento de reincidencia.
Desde
mi punto de vista, el mayor riesgo para la seguridad
social del país en este momento se encuentra en un sistema penitenciario
anquilosado, acrecentado por el temor populista sembrado en las personas, el
cual no cuenta con las condiciones mínimas efectivas para contrarrestar la
epidemia: medidas de higiene y distanciamiento social. Esto aplica no solo
para las personas privadas de libertad, sino también para las personas
funcionarias (policías y profesionales del área técnica y administrativa de los
establecimientos).[xv]
Referencias
[i] https://semanariouniversidad.com/suplementos/costa-rica-crisis-migratoria-o-crisis-humanitaria/
[ii] https://thenewpress.com/books/migrating-prison
[iii] https://www.dw.com/es/ee-uu-crece-brote-de-covid-19-en-prisiones-de-migrantes/a-53097974
[iv] https://www.elperiodico.com/es/internacional/20191211/carceles-migratorias-eeuu-condiciones-inhumanas-7770011
[v] https://cnnespanol.cnn.com/2018/06/19/ninos-y-padres-estan-siendo-separados-en-la-frontera-esto-es-lo-que-sabemos/
[vi] https://www.lavanguardia.com/internacional/20180619/45267919977/video-ninos-enjaulados-eeuu.html
[vii] https://www.youtube.com/watch?v=mx0lJn6loJY
[viii] https://www.ivanillich.org.mx/Foucault-Castigar.pdf
[ix] https://traficantes.net/libros/antropolog%C3%ADa-del-estado
[x] https://www.facebook.com/MinisteriodeJusticiayPaz/videos/1092934931064686/?v=1092934931064686
[xi] https://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/vigilancia-de-la-salud/normas-protocolos-y-guias/parotiditis/4537-protocolo-para-vigilancia-de-parotiditis/file
[xii] https://www.crhoy.com/nacionales/levantan-medidas-sanitarias-en-12-centros-penales-tras-brote-de-paperas/
[xiii] http://www.repretel.com/actualidad/reos-molestos-por-las-medidas-sanitarias-aplicadas-por-el-brote-de-paperas-167761
[xiv] https://www.nacion.com/sucesos/judiciales/reos-queman-colchones-en-carcel-gerardo-rodriguez/BJVEYQN62REG5CR7KKPEVA4YIQ/story/
[xv] https://delfino.cr/2020/04/uai-reinaldo-villalobos-en-la-reforma-bajo-cuarentena-por-caso-positivo-de-covid-19