Foto: Minsiterio de Justicia y Paz. Tomada de: Semanario Universidad.

Por: Mario Araya Pérez

En una entrada anterior de este mismo blog, del 28 de abril, señalaba que la crisis sanitaria que vivimos en la actualidad nos había tomados a todos por sorpresa. En la actualidad, si bien aquello sigue siendo verdad, me parece que han existido muchas discusiones y muchas propuestas de alternativas para hacer frente a los efectos de la COVID-19 en diferentes ámbitos de la vida de las personas, provenientes de distintos sectores y vulnerabilidades. Recientemente, las personas miraban con sorpresa y terror, una realidad que siempre había estado ahí, una normalidad, las cuarterías. Las miradas tanto indignadas por las condiciones de vida de las personas como alarmadas para quienes ven en ella la posibilidad de focos de infección, buscaban de una u otra forma sentar las responsabilidades de quien había permitido que llegáramos a semejante estado.

A unos pocos kilómetros de la capital, foco principal de la discusión anterior, cohabitan de manera cotidiana en establecimientos penitenciarios otros grupos de personas, que no tienen más opción que resolver muchos de los aspectos de sus vidas, en infraestructuras y ambientes de vida, igual o peor que aquellas que observábamos en las cuarterías. Acá no hago referencia solamente a las personas privadas de libertad, que ciertamente son quienes llevan la peor parte, sino también oficiales penitenciarios, funcionarias profesionales de las áreas de atención técnica, administrativas, personal de mantenimiento y alimentación, entre otras.

Algunos jueces de ejecución de la pena, como en otras ocasiones, conscientes de la realidad de estos establecimientos, emitieron una serie de órdenes para que se le buscara un posible proceso de desinstitucionalización, hacia niveles menos perjudiciales, por lo menos a las personas con factores de riesgo e inclusive, a quienes, por tener penas cortas, pudieran de alguna manera desahogar un poco, al ya históricamente hacinado sistema penitenciario. Las cuales todo parece apuntar fueron acogidas de forma sumamente restrictivita y punitiva, a nivel del Ministerio de Justicia. Pese al clamor y suplicas constantes de las familias, a que se les brinde una posibilidad a sus familiares de sortear la enfermedad fuera de los establecimientos.

En ese momento la señora Ministra de Justicia, hacía énfasis en que los establecimientos penitenciarios estaban libres de personas contagiadas con el virus, como si eso realmente dijera algo de las posibles consecuencias de no tomar medidas que propiciaran la salida de personas de los establecimientos. Y desde entonces han insistido en que tienen protocolos de gestión de la población hacia espacios de aislamiento, que para quienes conocemos la mayoría de los penales del país, sabemos que estos no suelen ser ni muchos, ni los más adecuados para ser habitados por una persona. Cuando aparecieron los primeros casos se apeló a que las personas privadas de libertad contagiadas lo han hecho en diligencias externas y no dentro de los penales.

Aquí es importante señalar, que los primeros casos significativos en términos de cantidad, de personas contagiadas tanto funcionarios como población privada de libertad, se dio el 4 de julio. En este momento se reportaron 6 casos positivos y una persona recuperada. Para el corte del 3 de agosto se reportaron 132 personas positivas y 22 personas recuperadas.  

Los establecimientos penitenciarios, pese a lo que se puede creer, son espacios en los que el flujo tanto de personas como de objetos es constante. La policía penitenciaria trabaja bajo distintos roles los cuales implican para algunos tener que desplazarse a sus casas de forma cotidiana, para otros cada 7 días. De igual forma los funcionarios de áreas técnicas y de salud entran y salen de los establecimientos de forma diaria. Lo anterior, considerando que por lo menos para ciertas áreas geográficas se declaró transmisión comunitaria, y que el virus tiene la facultad en un porcentaje sumamente amplio, de no generar síntomas, implica que la posibilidad de que las personas se contagien e ingresen al centro sea sumamente alto.

Lo anterior trae aparejado una problemática mayor, que tiene que ver con la posibilidad real de mantener a las personas privadas de libertad alejadas de sus redes de sustento no solo material sino también emocional, durante tanto tiempo. El orden social, a lo interno de los establecimientos penitenciarios es producto de complejos procesos de negociación, en la que se ven involucrados una multiplicidad de personas de distintos sectores. De los que sobresalen la policía penitenciaría y las personas privadas de libertad. Exceptuando, Penal Juvenil en donde se suma la labor fundamental que realizan las profesionales en psicología, orientación y trabajo social en términos de convivencia entre y dentro de las secciones. En dicho orden, la familia, representada principalmente en la figura femenina, a través de la madre, la esposa, la pareja sentimental la hija, etc., es en muchas ocasiones el principal y único recurso que aporta a la estabilidad de las relaciones de la persona en privación de libertad.

A la fecha, los eventos relacionados a agresiones dentro de los establecimientos que, se especuló, pudieron haber tenido algún vínculo con el tema de ausencia de visitas, han sido desmentidos por el mismo Ministerio de Justicia. Sin embargo, basta con que los altos mandos políticos y administrativos vuelquen la mirada y den espacios de escucha a las profesionales que trabajan en la atención directa con la población para que constaten la posibilidad de que este tipo de situaciones se desencadene ante la ausencia de recursos, más allá de los claramente materiales. Esto pone, eventualmente, en riesgo la salud e integridad humana, no solo de todas las personas involucradas de forma directa de la gestión de los establecimientos penitenciarios y las personas privadas de libertad, sino al colectivo en general.

Con relación a lo anterior creo que es fundamental seguir señalando y reiterando aspectos denunciados no solo desde la academia, organismos de defensa de los derechos humanos, organismos no gubernamentales, jueces y juezas de ejecución de la pena.

  • La prisión y los establecimientos penitenciarios son un mecanismo inadecuado y violento para resolver la conflictividad social generada por condiciones estructurales de desigualdad y exclusión social.
  • Los sistemas de justicia han hecho un uso abusivo de las medidas de prisión, tanto como medida preventiva como de condena.
  • Los dos aspectos anteriores han significado la intensificación del hacinamiento en los establecimientos penitenciarios, y estos han representado desde siempre una afrenta a integridad física y de salud de todas las personas que cohabitan en estos lugares.
  • La COVID-19 es una situación extraordinaria que enfrenta el mundo entero, por lo tanto, se requiere de medidas extraordinarias. Pretender mantener la misma forma de gestión penitenciaria significa condenar a la enfermedad o la muerte a muchas personas. Y pone en riesgo la totalidad del colectivo social.  
  • Los establecimientos penitenciarios representan el principal riesgo para la seguridad social en la situación de crisis sanitaria en la que nos encontramos.  

Es necesario, ahora más que nunca, que como colectivo social pensemos en formas distintas de organizarnos que no impliquen recurrir a la prisión como mecanismos para dirimir el conflicto social provocado por las desigualdades.          

Imagen tomada del Ministerio de Justicia y Paz
Imagen tomada del Ministerio de Justicia y Paz
Imagen tomada del Ministerio de Justicia y Paz